¿Cumples los criterios para recibir hasta 5 años de ayuda en efectivo en Nueva York?

Si bien los inmigrantes indocumentados no cumplen los criterios para obtener la ayuda, sí pueden solicitarla en nombre de sus hijos con Seguro Social.

Telemundo

Los programas de Asistencia en Efectivo del Estado y de la Ciudad de Nueva York brindan ayuda financiera a familias con hijos menores, así como a personas solteras y parejas sin hijos que tienen necesidades económicas. 

El programa Family Assistance (FA) ayuda a las familias con hijos menores dependientes y el programa Safety Net Assistance (SNA) ayuda a las personas solteras o parejas sin hijos. 

La Administración de Recursos Humanos (HRA) administra el programa de Asistencia en Efectivo en la Ciudad de Nueva York, y los distritos de servicios sociales locales administran el programa en el resto del estado. La Oficina de Asistencia Temporal y para Personas con Discapacidades del Estado de Nueva York (OTDA) supervisa la administración del programa en todo el estado.

Si necesitas ayuda para solicitar los beneficios de la HRA, puedes llamar a la línea de ayuda de Acceso a Beneficios de The Legal Aid Society al 888-663-6880 de lunes a viernes de 10:00 a.m. a 3:00 p.m.

LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA AYUDA

Para calificar para Asistencia en Efectivo (CA), debes cumplir con todos los criterios, que incluyen ingresos y recursos, estado migratorio y requisitos de residencia. Además, tu estado migratorio particular puede determinar si obtienes el Family Assistance, el Safety Net Assistance o ninguno de los programas. 

FAMILIAS DE ESTATUS MIXTO. Los inmigrantes indocumentados no cumplen los criterios para obtener la ayuda en efectivo, sin embargo, sí pueden solicitarla para sus hijos menores que tienen un estatus migratorio diferente al de sus padres indocumentados, por ejemplo, si son ciudadanos o titulares de la tarjeta verde. 

La ayuda en efectivo solo está disponible para residentes del Estado o la Ciudad de Nueva York. Los residentes de la Ciudad de Nueva York deben solicitar el programa en un Centro de empleo de la HRA. Puedes llamar al 311 para obtener información sobre la ubicación del centro de empleo más cercano a tu hogar.

Para obtener el programa FA, el hogar debe tener al menos un hijo menor calificado. El hogar no debe haber recibido FA durante más de 60 meses.

Safety Net Assistance (SNA) también proporciona asistencia en efectivo, pero ayuda a las personas que no están cubiertas por el programa FA, como adultos solteros, parejas que no tienen hijos menores, niños que viven separados de sus padres o parientes, personas que han excedido su límite de 60 meses en FA y algunos no ciudadanos.

BENEFICIOS DE ASISTENCIA EN EFECTIVO

FA y SNA brindan un beneficio en efectivo dos veces al mes que se puede utilizar para alimentos, servicios públicos y gastos de vivienda. Si cumples los criterios para FA, solo puedes recibir beneficios por un total de por vida de cinco años (60 meses). Cuando alcances el límite de 60 meses, deberás recibir un aviso indicando que tu caso será transferido del programa FA al programa SNA. Tus beneficios deben seguir siendo los mismos.

El monto de los beneficios emitidos depende de si hay otros ingresos disponibles y se basa en el "estándar de necesidad", que se refiere al tamaño del hogar. 

EL ESTÁNDAR DE NECESIDAD INCLUYE:

  • Asignación básica: también llamada beneficio de “alimentos y otros” o “F&O”, porque paga la comida, la ropa, el transporte y otros gastos diarios mediante la emisión de efectivo a través del sistema de Transferencia electrónica de beneficios (EBT).
  • Asignación de energía para el hogar: paga las facturas de electricidad y calefacción al entregarte dinero en efectivo o pagándole directamente al proveedor de servicios públicos.
  • Asignación para vivienda: paga una cantidad fija por concepto de alquiler, hipoteca o impuestos sobre la propiedad, en general mediante la emisión de un cheque de dos partes al propietario, prestamista u otro beneficiario, o pagando el dinero directamente.
  • Otras necesidades especiales, como la asignación por embarazo. 

Si resides en la ciudad de Nueva York, recibes FA, tus gastos de vivienda son mayores que el máximo de asignación y te encuentras en un proceso judicial por falta de pago del alquiler, puedes obtener el Suplemento de Prevención de Desalojo Familiar (FEPS), que ayuda con el pago de alquiler. 

Si resides en un refugio en la Ciudad de Nueva York, puedes obtener el Programa de Asistencia de Alquiler para Vivir en Comunidades (LINC, por sus siglas en inglés), enfocado en ayudarte a salir del refugio.

IMPORTANTE / PAGO POR ADELANTADO. Si tienes una situación de emergencia, puedes tener derecho a una subvención previa a la investigación, que brinda asistencia en efectivo si tienes una necesidad resultante de una emergencia que debe satisfacerse ese mismo día para garantizar tu salud y seguridad. También hay subvenciones adicionales que pueden estar disponibles en determinadas circunstancias, como:

  • Subvenciones para vivienda 
  • Gastos por reubicación
  • Tarifas de almacenamiento
  • Reemplazo de muebles y ropa
  • Subsidio por embarazo (incluido en el Estándar de Necesidad)
  • Pago de gastos de entierro
  • Subsidio de refugio mejorado si eres un paciente diagnosticado con SIDA o una enfermedad relacionada con el VIH.

ASISTENCIA FAMILIAR (FA) POR UN LÍMITE DE 5 AÑOS

Brinda asistencia en efectivo a las familias necesitadas con un niño menor que vive con uno o ambos padres o un pariente que lo cuida. El programa se rige bajo las pautas federales de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF).

Bajo FA, los adultos beneficiados están limitados a recibir la ayuda por un total de 60 meses o 5 años en su vida, incluidos meses de asistencia financiada por TANF otorgada en otros estados. Una vez que se alcanza este límite, ese adulto y todos los miembros de su hogar FA no podrán recibir más beneficios FA. No es necesario que los meses sean consecutivos, sino que cada mes individual en el que se reciben los beneficios financiados por TANF se incluye en el recuento de por vida.

Los padres y otros familiares adultos que reciben FA que pueden trabajar deben cumplir con los requisitos laborales federales para recibir los beneficios de FA.

Como condición adicional, cada persona que solicite o esté recibiendo FA debe cooperar con los departamentos de servicios sociales estatales y locales en los esfuerzos por localizar a cualquier padre ausente y obtener pagos de manutención y otros pagos o propiedad. La falta de cooperación sin una buena causa podría resultar en menores beneficios.

ASISTENCIA DE RED DE SEGURIDAD (SNA) POR UN LÍMITE DE DOS AÑOS 

Ofrece asistencia en efectivo a las personas y familias sin menores dependientes. 

  • Adultos solteros
  • Parejas sin hijos
  • Niños que viven separados de cualquier familiar adulto
  • Familias de personas que abusan de las drogas o el alcohol
  • Familias de personas que se niegan a la detección, evaluación o tratamiento de drogas / alcohol
  • Ciertos indocumentados pueden obtener asistencia temporal, pero que no el reembolso federal

Los beneficiarios del SNA que se determine que pueden trabajar también deben cumplir con los requisitos laborales para recibir la ayuda. 

En general, puedes recibir SNA en efectivo durante un máximo de dos años de por vida. Después de eso, puedes obtener ayuda en forma no monetaria, como un pago hecho directamente a tu arrendador o un comprobante enviado directamente a tu compañía de servicios públicos. 

¿CÓMO SOLICITO AMBOS PROGRAMAS?

Debes presentar una solicitud ante el Departamento de Servicios Sociales en tu localidad si vives fuera de la Ciudad de Nueva York. En la Gran Manzana, la HRA administra el programa. 

Puede encontrar la ubicación de su Departamento de Servicios Sociales local en línea o llamando a la línea directa gratuita de OTDA al 1-800-342-3009.

Puedes presentar tu solicitud en línea en myBenefits.ny.gov

Debes identificar cualquier necesidad de emergencia que puedas tener en este momento. Si tienes una emergencia, se te entrevistará y se te informará por escrito sobre la decisión sobre tu emergencia el mismo día que presentas la solicitud.

Para Asistencia Temporal, tu entrevista debe realizarse dentro de los siete días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud. 

Aquí encontrarás las pruebas que necesitas presentar al estado para obtener la ayuda. 

LAS TRES FORMAS DE SOLICITAR ASISTENCIA EN EFECTIVO EN LA CIUDAD DE NUEVA YORK

  • Por computadora o teléfono inteligente: puedes solicitar asistencia en efectivo y beneficios del Programa de Asistencia de Nutrición Suplementaria (SNAP, anteriormente cupones de alimentos) en línea en ACCESS HRA. También puedes cargar documentos en la aplicación ACCESS HRA en tu teléfono inteligente
  • Mediante solicitud impresa: puedes completar una solicitud impresa y enviarla a la HRA por correo. Puedes obtener el formulario llamando al 718-557-1399 o 311, o lo puedes imprimir desde el sitio web de la HRA. Después de completarlo, puedes enviarlo por correo postal.
  • En persona, en un Centro HRA abierto: Puedes ir en persona para presentar la solicitud o recoger el formulario impreso, Las oficinas de la HRA (llamadas "Centros de empleo") están abiertas en cada condado, pero, debido a la pandemia, ofrecen servicio con ciertas restricciones. Antes de acudir primero llama al 311 para confirmar que la oficina esté abierta. Abre aquí para ubicar el centro más cercano a tu área

¿QUÉ TIPO DE AYUDA PUEDE BRINDARME LA HRA?

  • Ayuda con emergencias: Ejemplos de emergencias incluyen no tener dinero en efectivo, necesitar alimentos o artículos de higiene personal (jabón, pañales, papel higiénico, mascarillas); enfrentarse a un corte de luz o gas; incluso el desalojo. Si tienes una o más de estas emergencias, puedes calificar para recibir ayuda.
  • Ayuda con asistencia en efectivo: La asistencia en efectivo es una subvención en efectivo dos veces al mes que los beneficiarios pueden utilizar para satisfacer sus necesidades básicas. Como se explicó con anterioridad, parte de la subvención se destina al alquiler y los servicios públicos, y hay otras subvenciones especiales para muebles, ropa, y otros gastos, según tu situación.
  • Ayuda para personas sin hogar: Si no tiene hogar, es posible que puedas obtener pasajes para buscar apartamentos, una asignación para comprar comida preparada en restaurantes y ayuda a guardar tus pertenencias.
  • Ayuda a prevenir el desalojo: La HRA también ayuda a prevenir los desalojos. Si te enfrentas a un desalojo y necesitas ayuda, puedes llamar al 212-298-3333.

Abre aquí para conocer más detalles sobre el programa en la Ciudad de Nueva York. 

¿CUÁNTO TIEMPO DEMORARÁ LA HRA EN RESPONDER A MI SOLICITUD?

Se supone que las solicitudes de ayuda en caso de emergencia deben realizarse de inmediato. Las solicitudes para abrir un caso tardan más. 

La HRA debe responder a tu solicitud por escrito dentro de los 30 días si solicitas asistencia en efectivo y tienes un hijo menor de 18 años que viva contigo. 

La agencia deberá responder a tu solicitud por escrito en un plazo de 45 días para recibir asistencia en efectivo si no tienes un hijo menor de 18 años que viva contigo, y en algunos casos incluso si un hijo vive contigo. 

¿QUÉ HAGO SI LA HRA NO HA RESPONDIDO A MI SOLICITUD DENTRO DEL PLAZO?

Llama al 311 y presenta una queja. Deberás obtener un número de confirmación del operador para tus registros. 

Llame a la línea de ayuda de Acceso a Beneficios de The Legal Aid Society al 888-663-6880 de lunes a viernes de 10:00 a.m. a 3:00 p.m.

HE PRESENTADO LA SOLICITUD, PERO LA AGENCIA ME INFORMA QUE HAY CIERTOS OBSTÁCULOS EN MI CASO, ¿QUÉ DEBO HACER?

PuedeS solicitar una "audiencia imparcial" si:

  • Tus beneficios fueron denegados, reducidos o descontinuados
  • Solicitaste que se agregue una persona al caso, pero la agencia no lo hizo
  • Perdiste tu trabajo o tus horas se redujeron y la HRA aún te paga la misma cantidad de beneficios
  • Tienes problemas para que se levante una sanción

También puede solicitar audiencias imparciales sobre otros temas.

En la audiencia, un juez escuchará el caso y decidirá si la HRA cometió un error.

¿CÓMO SOLICITO UNA AUDIENCIA IMPARCIAL?

Hay 5 formas:

  1. Solicitud electrónica en línea
  2. Envíe un correo electrónico a listening.request@otda.ny.gov.
  3. Llamada telefónica al 518-474-8781 o al 800-342-3334
  4. Fax: 518-473-6735
  5. Por correo postal - escriba a:

New York State OTDA

Office of Administrative Hearings

P.O. Box 1930

Albany, New York 12201

¿PUEDO IR EN PERSONA AL 14 BOERUM PLACE Y SOLICITAR UNA AUDIENCIA?

No, no en este momento. Debido a la crisis de COVID-19, esa oficina está cerrada al público. 

RECIBÍ UN AVISO DE LA AGENCIA, ¿CUÁNDO DEBERÍA SOLICITAR LA AUDIENCIA IMPARCIAL?

¡Solicita una audiencia imparcial de inmediato! Puedes solicitar una audiencia imparcial tan pronto como recibas un aviso de decisión con la que no estés de acuerdo. 

Abre aquí para ver la lista de los documentos que necesitas y los criterios que debes cumplir.

La ciudad tiene una guía en español que te puede ayudar. 

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