Estas son buenas noticias para los residentes de Nueva Jersey que buscarán trabajo el próximo año.
El gobernador Phil Murphy firmó una ley el lunes que exige que ciertos empleadores publiquen el rango de salario junto a sus ofertas de trabajo y los beneficios laborales a partir de junio de 2025.
La legislación aplica para empresas con 10 o más empleados.
El senador Paul Moriarty, patrocinador de la iniciativa, señaló que esta medida busca dar a los solicitantes de empleo una idea clara de cuánto ganarán antes de solicitar el puesto.
Le ley también podría ayudar a cerrar la brecha salarial, en especial para mujeres y personas de las minorías.
Con esto, Nueva Jersey sigue los pasos de estados como Connecticut, que comenzó a exigir el requisito de adjuntar esta información a las ofertas de trabajo en 2021, y Nueva York, que comenzó a exigirlo a principios de este año después de que la Ciudad de Nueva York comenzara a implementarlo en 2022.
Manténte al tanto de las noticias locales y del estado del tiempo. Suscríbete a nuestros newsletters gratuitos aquí.
¿Qué dice la ley y hay multas?
Local
Un empleador deberá anunciar, publicar o de otra manera dar a conocer las oportunidades de ascenso que se anuncien internamente dentro del empleador o externamente en anuncios basados en Internet, publicaciones, volantes impresos u otros anuncios similares a todos los empleados actuales en el departamento o departamentos afectados de la empresa del empleador antes de tomar una decisión de ascenso.
Cada falta de anunciar, publicar o dar a conocer de otro modo una oportunidad de promoción constituirá una infracción separada.
Un empleador deberá divulgar en cada anuncio de promociones, nuevos empleos y oportunidades de transferencia que el empleador anuncie externa o internamente el salario o sueldo por hora, o un rango de salario o sueldo por hora, y una descripción general de beneficios y otros programas de compensación para los que el empleado sería elegible dentro de los primeros 12 meses de empleo del empleado.
Cada incumplimiento de incluir la información requerida en esta subsección en una publicación de trabajo en particular constituirá una infracción separada.
Cualquier empleador que viole esta ley estará sujeto a una sanción civil por un monto que no exceda los $1,000 por la primera infracción, $5,000 por la segunda infracción y $10,000 por cada infracción subsiguiente, cobrable por el Comisionado de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral.
¿Cuáles empleadores deben seguir esta ley?
Un “empleador” significa cualquier persona, compañía, corporación, firma, organización laboral o asociación que tenga 10 o más empleados durante 20 semanas calendario y que haga negocios, emplee personas o acepte solicitudes de empleo dentro de Nueva Jersey. El término incluirá agencias de colocación y referencia laboral y otras agencias de empleo. “Promoción” significa un cambio en el título del trabajo y un aumento en la compensación.