Nueva Jersey

El Departamento de Servicios Humanos de NJ ofrece detalles de los derechos de inmigrantes en el estado

0:00
0:00 / 3:00
Telemundo

 Cristina Navarrete nos informa. 

NUEVA JERSEY -- Los habitantes de Nueva Jersey, independientemente de su estatus migratorio, tienen derechos en el estado, al igual que los visitantes.

La siguiente información, proporcionada por la Oficina de Nuevos Estadounidenses del Departamento de Servicios Humanos de Nueva Jersey, está diseñada para ayudarle a entender sus derechos y responsabilidades cuando interactúe con agentes de inmigración, principalmente el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) o la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU (CBP, por sus siglas en inglés).

Pero recuerda, ICE puede entrar a cualquier espacio público sin necesidad de ningún tipo de orden judicial.

Noticias de Noreste 24/7 en Telemundo 47.

Mira  MIRA AQUÍ GRATIS

Los espacios públicos pueden incluir: áreas específicas en el lugar de trabajo, el vestíbulo de una oficina, un supermercado, una tienda minorista o el comedor de un restaurante.

Si se encuentra con un agente de inmigración u otras fuerzas del orden en un espacio público:

Manténte al tanto de las noticias locales y del estado del tiempo. Suscríbete a nuestros newsletters gratuitos aquí.

Subscribe  SUSCRÍBETE

Puede pedir ver su placa / identificación. Si no está seguro de que el agente sea un agente de inmigración, puede preguntar a qué organismo representa y, en concreto, si son agentes federales de inmigración.

Puede preguntar si es libre de retirarse.

Tiene derecho a permanecer en silencio y no está obligado a responder a ninguna pregunta. Puede decirle al agente de inmigración que prefiere permanecer en silencio.

Si no es ciudadano estadounidense y un agente de inmigración le pide su documentación de inmigración, debe mostrarla si la lleva consigo. Si no tiene documentación en el momento del encuentro, puede decirle al agente que desea permanecer en silencio o que desea consultar a un abogado antes de responder a cualquier pregunta.

  • Lleve consigo en todo momento una identificación válida del gobierno de Estados Unidos.
  • Si tiene documentación de inmigración, lleve consigo en todo momento los documentos de inmigración válidos, incluyendo su tarjeta de autorización de empleo, y copias de sus I-94 y avisos de comparecencia con usted en todo momento.
  • Los documentos extranjeros se deben dejar en casa seguros en todo momento.
  • No lleve documentos falsos o fraudulentos, y nunca proporcione documentos falsos o fraudulentos a un oficial de policía o agente de inmigración.

Si un agente de inmigración le pregunta si puede registrarle, usted tiene derecho a negarse. Los agentes no tienen derecho a registrarle a usted o sus pertenencias sin su consentimiento, una orden válida o una causa probable. Sin embargo, si los agentes le registran de todos modos, no se resista. Puede decirles: “No consiento el registro. Deseo permanecer en silencio. Deseo hablar con un abogado lo antes posible.”

Puede pedir un intérprete si no hablan su idioma.

Si llegan agentes de inmigración a su casa:

Puede pedir que le muestren su placa/identificación. Si no está seguro de que el funcionario sea un agente de inmigración, puede preguntar a qué agencia representan y específicamente si son agentes de inmigración.

Le puede preguntar a los funcionarios o agentes por qué están allí.

Deben tener una orden válida para entrar. Si no presentan una orden, usted no tiene que abrir la puerta.

  • Si los funcionarios o agentes dicen que tienen una orden judicial, puede pedir verla (por ejemplo, a través de una ventana o deslizarse por debajo de la puerta) antes de dejarles entrar antes de dejarles entrar.
  • Si la orden ha sido emitida por un tribunal y firmada por un juez, y diga “U.S. District Court” o identifique un tribunal estatal en la parte superior, los agentes pueden entrar en su casa. Si el documento no está firmado por un juez, no está obligado a dejarles entrar. Usted puede decir: “No se les permite entrar.”
  • Una orden administrativa por sí sola no permite a los agentes entrar en zonas privadas sin su permiso. Las órdenes administrativas no proceden de un tribunal. Las órdenes administrativas dicen “Departamento de Seguridad Nacional” y están en los formularios I-200 o I-205.
  • Los agentes de inmigración pueden entrar sin su permiso en caso de emergencia, como una amenaza para la seguridad pública o la vida de alguien. Sin embargo, usted sigue teniendo derecho a permanecer en silencio y documentar la interacción, incluso grabarla (siempre que no interfiera con sus actividades policiales).

Si los agentes entran por la fuerza en su casa, no se resista. Puede decirles: “No pueden entrar. No consiento el registro. Deseo permanecer en silencio. Deseo hablar con un abogado lo antes posible.”

Puede pedir un intérprete si no hablan su idioma.

Si le detienen:

No intente resistirse a la detención.

Tiene derecho a pedir hablar con un abogado. Puede encontrar un proveedor de servicios jurídicos gratuitos aquí.

No tiene que decir nada, responder a ninguna pregunta, tomar ninguna decisión ni firmar ningún documento antes de hablar con su abogado.

Tiene derecho a pedir un intérprete.

Nadie puede obligarle a tomar una decisión definitiva o a firmar un documento si usted no lo entiende completamente.

Si no está seguro de si su ser querido está detenido y dónde, puede utilizar el localizador de detenidos del ICE.

La Normativa para Fortalecer la Confianza del Inmigrante de New Jersey limita el tipo de ayuda voluntaria que los agentes de la ley de New Jersey – estatales, del condado y locales – pueden proporcionar a las autoridades federales de inmigración.

En general, los agentes de la ley de New Jersey no pueden parar, interrogar, arrestar, registrar o detener a ninguna persona únicamente por su estatus de inmigración. Tampoco pueden preguntar sobre el estatus de inmigrante de ninguna persona y en general, no pueden participar en operaciones civiles de control de la inmigración

Existen varias excepciones y exclusiones a la Normativa para Fortalecer la Confianza del Inmigrante. Por ejemplo, no restringe ni prohíbe a los agentes de la ley de New Jersey aplicar las leyes penales de New Jersey o cumplir órdenes judiciales válidas u otras órdenes judiciales.

La información sobre la Normativa para Fortalecer la Confianza del Inmigrante está disponible aquí.

Tenga cuidado de no caer víctima de un fraude

Personas sin escrúpulos se hacen pasar por “consultores de inmigración”, “notarios” o “abogados” y afirman falsamente que pueden prestar servicios de inmigración a inmigrantes con conocimientos limitados de inglés. Sólo los abogados y representantes acreditados autorizados por el USCIS pueden preparar documentos legales como formularios de inmigración, asesorar sobre asuntos legales o representar a clientes en un procedimiento judicial.

Un abogado debe tener una licencia válida para ejercer la abogacía. La mayoría de los estados tienen una base de datos pública de abogados autorizados.
Un representante acreditado debe tener formación y autorización del gobierno de EEUU para ayudar a las personas con casos de inmigración. Puede buscar la organización y la persona en la lista de representantes acreditados del gobierno.

No dude en hacer preguntas. Le puede preguntar a un abogado o representante acreditado sobre su formación, experiencia y certificación. También puede preguntar por el estado y el calendario de su caso, una copia completa de todos los registros o documentos, un acuerdo por escrito que explique los servicios y cualquier otra cosa que le gustaría tener o saber.

Para denunciar estafas de inmigración, póngase en contacto con la División de Asuntos del Consumidor (DCA, por sus siglas en inglés) de New Jersey: 1-800-242-5846 (línea gratuita dentro de New Jersey). El DCA de NJ recibe informes de todas las personas, independientemente de su ciudadanía o estatus migratorio, y los empleados del DCA no preguntan sobre la ciudadanía o el estatus migratorio.

Para ver los derechos de organizaciones y negocios, haga clic aquí.

Para ver la guía de derechos y ayuda de la Ciudad de Nueva York, ir aquí.

Contáctanos