NUEVA YORK -- Las familias que deseen solicitar el Programa de asistencia de alquiler de emergencia (ERAP) en Nueva York deben hacerlo antes del viernes 20 de enero para ser consideradas este año.
Las personas no podrán presentar solicitudes, ni completar solicitudes que se hayan iniciado pero no se hayan presentado, después del 20 de enero de 2023 a las 9:00 p.m.
Las solicitudes enviadas antes del cierre del portal de solicitudes el 20 de enero de 2023 continuarán procesándose en el orden en que se recibieron, de acuerdo con la ley estatal y las reglas del programa.
La Oficina de Asistencia Temporal y por Discapacidad (OTDA por sus siglas en inglés), actualmente está revisando y procesando las solicitudes de ERAP elegibles que se presentaron hasta el 31 de octubre de 2022.
Se espera que se revisen y procesen solicitudes adicionales en el futuro a medida que haya fondos disponibles. Esta notificación se actualizará si hay fondos adicionales disponibles para pagar las solicitudes elegibles enviadas después del 31 de octubre de 2022.
Después de que el portal se cierre a las nuevas solicitudes, los inquilinos y los propietarios pueden continuar cargando la documentación requerida para las solicitudes enviadas pendientes.
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Las solicitudes de inquilinos de viviendas subsidiadas cuyo alquiler está limitado a un cierto porcentaje de los ingresos (incluidas las viviendas públicas, la sección 8 y FHEPS) actualmente no se pueden pagar.
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La ley estatal requiere que estas solicitudes se paguen después de que todos los demás solicitantes elegibles hayan sido revisados y pagados. Por lo tanto, en este momento, ninguna de las solicitudes de viviendas protegidas se puede pagar independientemente de la fecha en que se presentó su solicitud.
Se insta a los residentes de viviendas públicas a que se comuniquen con su autoridad de vivienda pública para determinar si su alquiler puede ajustarse retroactivamente en función de un cambio previo en las circunstancias, incluida una reducción en los ingresos.
¿Quién puede solicitar para ERAP?
Los residentes de Nueva York son elegibles para ERAP si cumplen con los siguientes criterios:
- El ingreso bruto del hogar es igual o inferior al 80 por ciento del ingreso medio del área (AMI). Estos límites de ingresos difieren según el condado y el tamaño del hogar. Un hogar puede calificar según el ingreso actual o el ingreso del año calendario 2020 que sea igual o inferior al 80 por ciento del AMI. (El programa ERAP que atiende a hogares con ingresos superiores al 80 por ciento y hasta el 120 por ciento del ingreso medio del área cerró para nuevas solicitudes el 14 de febrero de 2022).
- A partir del 13 de marzo de 2020, un miembro del hogar recibió beneficios de desempleo o experimentó una reducción de ingresos, incurrió en costos significativos o experimentó dificultades financieras, directa o indirectamente, debido a la pandemia de COVID-19.
- El solicitante está obligado a pagar el alquiler en su residencia principal y tiene atrasos en el alquiler (alquiler atrasado) en su residencia actual por el alquiler adeudado a partir del 13 de marzo de 2020.
- El hogar debe estar en riesgo de quedarse sin hogar o inestabilidad en la vivienda, lo que se puede demostrar al tener atrasos en el pago del alquiler a partir del 13 de marzo de 2020.
No hay requisitos de estatus migratorio para calificar para el programa.
Los hogares elegibles para los atrasos en el alquiler también pueden ser elegibles para recibir ayuda para pagar los atrasos en los servicios públicos en la misma unidad de alquiler.
Las solicitudes para todos los hogares elegibles se procesarán por orden de llegada, siempre que haya fondos disponibles.
Actualmente se puede acceder al portal de aplicaciones las 24 horas, los 7 días de la semana. La aplicación se puede encontrar en español aquí.
Se alienta a los solicitantes a recopilar toda la información necesaria antes de iniciar una solicitud, incluidos los ingresos de los miembros del hogar y los montos de alquiler. Los solicitantes que anteriormente comenzaron, pero no completaron, firmaron y enviaron una solicitud, deben crear una cuenta para reanudar una solicitud incompleta o no enviada.
Los solicitantes que hayan completado, firmado y enviado una solicitud pueden cargar la documentación requerida en cualquier momento.